Lesión de espalda en el trabajo en California: beneficios y qué hacer
Cargar cajas, levantar pacientes, trabajar agachado en el campo o pasar horas manejando puede lastimar la espalda. En California, una lesión de espalda causada por el trabajo, de golpe o poco a poco, puede estar cubierta por la compensación laboral (workers’ comp), sin importar su estatus migratorio.
Lesiones de espalda más comunes en el trabajo
- Torceduras y desgarres musculares por levantar, jalar o empujar peso.
- Hernias de disco (disco abultado o herniado) en la espalda baja o el cuello, que pueden causar dolor que baja a la pierna (ciática) o al brazo.
- Lesiones por caídas de escaleras, andamios, camiones o en pisos mojados.
- Desgaste acumulado por años de trabajo pesado, vibración o estar de pie o agachado muchas horas.
No todas las lesiones de espalda vienen de un solo accidente. Si el dolor fue apareciendo con el tiempo por el tipo de trabajo, la ley de California lo puede tratar como una lesión acumulativa (Código Laboral, sección 3208.1).
Qué hacer si se lastimó la espalda trabajando
- Avise a su supervisor por escrito lo antes posible y guarde una copia. La ley da 30 días para avisar (Código Laboral, sección 5400), pero no espere.
- Pida y llene el formulario de reclamo DWC-1. Su empleador debe dárselo dentro de un día hábil después de saber de su lesión (sección 5401).
- Vaya al médico y diga que fue en el trabajo. Describa exactamente qué estaba haciendo: qué levantó, cuánto pesaba, cómo se movió.
- No minimice el dolor. Si siente adormecimiento, hormigueo o dolor que baja por la pierna, dígaselo al médico.
- Guarde todo: notas médicas, recetas, citas, talones de cheque y mensajes con su empleador.
Qué beneficios puede haber por una lesión de espalda
- Tratamiento médico relacionado con la lesión: consultas, terapia física, medicinas, resonancias (MRI), inyecciones y, si el médico lo recomienda, cirugía.
- Pagos por incapacidad temporal mientras el médico diga que no puede trabajar: por lo general, dos tercios de su salario promedio, con mínimos y máximos que fija el estado.
- Incapacidad permanente si queda con limitaciones después del tratamiento.
- Vale para reentrenamiento (Supplemental Job Displacement Benefit) en ciertos casos, si no puede volver a su mismo trabajo.
Si la aseguradora le niega una resonancia, una inyección o una cirugía, existe un proceso de revisión médica independiente (Código Laboral, secciones 4610 y 4610.5). Los plazos para pedirla son cortos.
Problemas comunes con reclamos de espalda
Las aseguradoras a veces dicen que el dolor de espalda “ya existía” o que es “por la edad”. Tener un problema anterior no quiere decir que no tenga derecho: si el trabajo lo empeoró, puede haber beneficios. También es común que le pidan ir con un médico evaluador (QME). Lo que se escribe en esa evaluación puede pesar mucho en su caso, por eso conviene prepararse.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto pagan por una lesión de espalda en el trabajo?
Depende de su salario, del tiempo que no pueda trabajar y de si queda con una incapacidad permanente. Los pagos por incapacidad temporal suelen ser dos tercios de su salario promedio, con límites del estado. No hay una cantidad fija para todos.
¿Puedo reclamar si el dolor de espalda empezó poco a poco?
Sí, puede ser posible. En California, una lesión que se desarrolla con el tiempo por el trabajo puede considerarse una lesión acumulativa.
Ya tenía problemas de espalda antes. ¿Tengo derecho?
Puede que sí. Si el trabajo empeoró su condición, puede haber beneficios. La aseguradora puede discutir qué parte viene del trabajo, y por eso es importante la evaluación médica.
¿Me pueden negar la resonancia o la cirugía?
La aseguradora puede negar un tratamiento por medio de una revisión de utilización, pero usted puede pedir una revisión médica independiente dentro de los plazos de la ley.
¿Necesito papeles para reclamar?
No. En California, la compensación laboral cubre a los trabajadores lesionados sin importar su estatus migratorio.
¿Cuánto cuesta hablar con un abogado?
La consulta es gratis. En compensación laboral, los honorarios del abogado los aprueba el juez de compensación laboral y salen de los beneficios que usted reciba; no paga por adelantado.
Publicidad de abogados. Resultados anteriores no garantizan resultados futuros. Lesiones Legales es un sitio de Windsor Troy Law, LLP. Esta página es información general, no asesoría legal, y leerla no crea una relación de abogado y cliente. Cada caso es diferente. Abogado responsable: Elie Aghabi (California, SBN 298721), Windsor Troy Law, LLP, 3699 Wilshire Blvd., Suite 1000, Los Ángeles, CA 90010.