Con Nosotros, Si No Ganamos, No Cobramos.
¿Su casa tiene chinches, cucarachas, ratas, moho, goteras, o se quedó sin calefacción o agua caliente? En California, el dueño está obligado a mantener su vivienda en condiciones para vivir. Si ya le avisó y no lo arregla, usted puede tener derechos y una posible compensación. La consulta es gratis.
*Cada caso es único. Resultados anteriores no garantizan resultados futuros.
Abogados de Habitabilidad para Inquilinos
California — Atención en español
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Problemas que atendemos
Nadie debería vivir con plagas, moho o sin servicios básicos. Llámenos si su vivienda tiene:




Guías por problema
Escoja su problema. Cada guía explica en palabras sencillas qué hacer, qué tiene que arreglar el casero y cuáles son sus derechos en California.
Sus derechos en California
En California, el dueño o casero debe entregarle y mantener la vivienda en condiciones para vivir, y arreglar lo que la hace inhabitable. A esto se le llama la “garantía de habitabilidad”. Como mínimo: techo, paredes y ventanas que no dejen pasar el agua; plomería y gas funcionando; agua caliente y fría; calefacción; electricidad segura; un edificio limpio y sin basura, roedores ni plagas; botes de basura adecuados; y pisos, escaleras y barandales en buen estado. En contratos firmados, cambiados o renovados desde el 1 de enero de 2026, también una estufa y un refrigerador que funcionen, con algunas excepciones.
Código Civil de California §§ 1941 y 1941.1; Green v. Superior Court (1974) 10 Cal.3d 616.
El moho visible, la humedad en los cuartos y las plagas de insectos o roedores pueden hacer que una vivienda sea legalmente “deficiente”, según lo determine un inspector de salud o de código.
Código de Salud y Seguridad de California § 17920.3.
El dueño no puede enseñar ni rentar una vivienda que sabe que tiene chinches, y debe darles a los inquilinos información por escrito sobre las chinches y cómo reportarlas. Avisar de una posible plaga de chinches está protegido contra represalias.
Código Civil §§ 1954.602, 1954.603 y 1942.5(a)(1).
Si usted está al corriente con la renta y se queja de buena fe con el dueño o con la ciudad, el dueño no puede, como represalia y durante 180 días, desalojarlo, subirle la renta ni quitarle servicios. Amenazar con reportarlo a usted o a su familia a inmigración también es una represalia prohibida. El dueño no debe preguntarle por su estatus migratorio.
Código Civil §§ 1942.5 y 1940.3.
Si un inspector le avisó por escrito al dueño y él no arregló en 35 días sin una buena razón, el dueño no puede cobrar ni exigir la renta ni subirla mientras siga el problema. Un juez puede ordenar el pago de los daños reales más una cantidad adicional de $100 a $5,000.
Código Civil § 1942.4.
La ley permite, en ciertos casos, reparar y descontar el costo de la renta (hasta un mes de renta, máximo dos veces al año), o usar los problemas de la vivienda como defensa en un desalojo. Pero un error le puede costar su casa. Hable con un abogado antes de dejar de pagar o de hacer reparaciones por su cuenta.
Código Civil § 1942; Código de Procedimiento Civil § 1174.2.
Esta información es general y no es asesoría legal. Las leyes cambian y algunas ciudades, como Los Ángeles, dan protecciones adicionales. Llámenos para revisar su situación.
Por Qué Actuar Rápido
Muchos dueños hacen un arreglo rápido o pintan encima del moho cuando saben que el inquilino se quejó. Las picaduras sanan y las plagas se mueven. Por eso es importante documentar todo desde el principio.
Además, hay plazos legales para presentar un reclamo, y si usted recibe un aviso o una demanda de desalojo, el tiempo para responder es de solo días. Nuestro equipo le ayuda a reunir fotos, mensajes, reportes de inspección y recibos para proteger su caso.
Qué hacer hoy

Cómo trabajamos
Antes de llamar
La ciudad donde vive, si es departamento o casa, cuánto tiempo lleva ahí y si tiene contrato o Sección 8.
Qué está mal, desde cuándo, cuándo y cómo le avisó al casero, y si alguien de la ciudad o del condado ya vino a inspeccionar.
Si alguien se enfermó, qué cosas perdió, qué gastos tuvo y si recibió algún aviso de aumento de renta o de desalojo.
Fotos y videos, mensajes con el casero, recibos de renta y notas médicas. Si no tiene nada de esto todavía, llámenos de todos modos.
Atendemos casos de habitabilidad solo en California: Los Ángeles y el sur de California, el Inland Empire, el Valle Central, San Diego, Sacramento y el Área de la Bahía. Sus derechos como inquilino no dependen de su estatus migratorio.
*Si no ganamos, no cobramos: Windsor Troy Law, LLP generalmente representa a sus clientes con base en contingencia; si no hay recuperación, el cliente no paga honorarios, costos ni gastos. Los términos exactos se establecen en un contrato por escrito. Cada caso es único. Resultados anteriores no garantizan resultados futuros. La información en esta página es general y no es asesoría legal.
Imágenes ilustrativas; no son clientes reales. Las imágenes de esta página no muestran a clientes, casos ni propiedades reales.
Guías para inquilinos: Chinches en su apartamento: qué hacer y sus derechos · Cucarachas y ratas en su departamento: sus derechos
Estos acuerdos reflejan nuestra dedicación a luchar por la máxima compensación para víctimas de lesiones personales.
Accidente con Camión de Carga
Accidente con camión de carga junto con otra firma referidora
Accidente Automovilístico
Accidente automovilístico de lesiones personales
Muerte Injusta
Caso de muerte injusta resuelto para la familia de la víctima
*Cada caso es único. Resultados anteriores no garantizan resultados futuros.
Preguntas Frecuentes
Estas son las preguntas más comunes que recibimos. Si necesita ayuda inmediata, llámenos ahora.
La consulta es gratis. Si aceptamos su caso, normalmente trabajamos con base en contingencia: cobramos solo si hay una recuperación. Si no hay recuperación, no paga honorarios, costos ni gastos. Todo queda por escrito antes de empezar.
La ley de California prohíbe las represalias. Si usted está al corriente con la renta, el dueño no puede desalojarlo, subirle la renta ni quitarle servicios por quejarse de buena fe, durante 180 días después de la queja (Código Civil § 1942.5). Si ya recibió un aviso o una demanda de desalojo, llámenos de inmediato: los plazos para responder son de solo días.
Sus derechos como inquilino no dependen de su estatus migratorio. En California, el dueño no puede preguntarle por su estatus migratorio (Código Civil § 1940.3), y amenazar con reportarlo a inmigración es una represalia prohibida (Código Civil § 1942.5).
Depende de cada caso. Puede incluir, por ejemplo, una reducción del valor de la renta por el tiempo que la vivienda no estuvo en buenas condiciones, el costo de cosas dañadas, gastos médicos y, en algunos casos, otros daños o multas que permite la ley. Nadie puede garantizarle un resultado.
En general, sí, hasta que hable con un abogado. Dejar de pagar sin seguir los pasos que pide la ley le puede dar al dueño un motivo para desalojarlo.
Puede ser. Hay plazos legales para presentar un reclamo, así que es mejor llamar lo antes posible.
No. Llámenos aunque todavía no tenga pruebas. Le decimos qué juntar.
Atendemos casos de habitabilidad solo en California, en lugares como Los Ángeles y el sur de California, el Inland Empire, el Valle Central, San Diego, Sacramento y el Área de la Bahía. Llámenos y le decimos si podemos ayudarle.
Sí. Los inquilinos con Sección 8 también tienen derecho a una vivienda habitable. Además de avisarle al casero por escrito, puede reportar los problemas a la agencia de vivienda que maneja su vale.
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Para cualquier consulta sobre su caso, complete el formulario y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible. Sin costo ni compromiso.
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