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¿Su casa tiene chinches, cucarachas, ratas, moho, goteras, o se quedó sin calefacción o agua caliente? En California, el dueño está obligado a mantener su vivienda en condiciones para vivir. Si ya le avisó y no lo arregla, usted puede tener derechos y una posible compensación. La consulta es gratis.

*Cada caso es único. Resultados anteriores no garantizan resultados futuros.

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Problemas que atendemos

¿Su Vivienda Tiene Alguno de Estos Problemas?

Nadie debería vivir con plagas, moho o sin servicios básicos. Llámenos si su vivienda tiene:

Revisión con linterna de la costura de un colchón en busca de chinches
Chinches y plagas
Inquilina preocupada mira manchas de moho en la pared de su recámara
Moho y humedad
Techo agrietado con una mancha de agua y una gotera que cae en una cubeta
Goteras y filtraciones
Señora mayor envuelta en una cobija junto a un calentón apagado
Sin calefacción o agua caliente
  • Chinches Picaduras, manchas en el colchón o chinches que regresan después de “fumigar”.
  • Cucarachas y plagas En la cocina, el baño o en todo el edificio, y nunca las controlan.
  • Ratas y ratones Excremento, ruidos en las paredes, comida mordida, hoyos sin tapar.
  • Moho y humedad Manchas negras o verdes, olor a humedad, paredes y techos mojados.
  • Sin calefacción El calentón está descompuesto o no calienta su casa.
  • Sin agua caliente Días o semanas con agua fría, o sin agua.
  • Goteras y filtraciones El techo gotea, ventanas rotas, se mete el agua cuando llueve.
  • Plomería y electricidad Fugas, drenajes tapados, cables pelados, enchufes que no sirven.
  • Estufa o refrigerador En contratos firmados, cambiados o renovados desde el 1 de enero de 2026, deben funcionar (con algunas excepciones).
  • Reparaciones ignoradas Ya le avisó al dueño una y otra vez, y no arregla nada.
  • Represalias o desalojo Le suben la renta, le quitan servicios o lo amenazan después de quejarse.

Guías por problema

Lea Qué Hacer Según Su Problema

Escoja su problema. Cada guía explica en palabras sencillas qué hacer, qué tiene que arreglar el casero y cuáles son sus derechos en California.

Sus derechos en California

Sus Derechos Como Inquilino, en Palabras Sencillas

1. Su vivienda debe ser habitable

En California, el dueño o casero debe entregarle y mantener la vivienda en condiciones para vivir, y arreglar lo que la hace inhabitable. A esto se le llama la “garantía de habitabilidad”. Como mínimo: techo, paredes y ventanas que no dejen pasar el agua; plomería y gas funcionando; agua caliente y fría; calefacción; electricidad segura; un edificio limpio y sin basura, roedores ni plagas; botes de basura adecuados; y pisos, escaleras y barandales en buen estado. En contratos firmados, cambiados o renovados desde el 1 de enero de 2026, también una estufa y un refrigerador que funcionen, con algunas excepciones.

Código Civil de California §§ 1941 y 1941.1; Green v. Superior Court (1974) 10 Cal.3d 616.

2. El moho y las plagas cuentan

El moho visible, la humedad en los cuartos y las plagas de insectos o roedores pueden hacer que una vivienda sea legalmente “deficiente”, según lo determine un inspector de salud o de código.

Código de Salud y Seguridad de California § 17920.3.

3. Reglas especiales para chinches

El dueño no puede enseñar ni rentar una vivienda que sabe que tiene chinches, y debe darles a los inquilinos información por escrito sobre las chinches y cómo reportarlas. Avisar de una posible plaga de chinches está protegido contra represalias.

Código Civil §§ 1954.602, 1954.603 y 1942.5(a)(1).

4. Quejarse es su derecho

Si usted está al corriente con la renta y se queja de buena fe con el dueño o con la ciudad, el dueño no puede, como represalia y durante 180 días, desalojarlo, subirle la renta ni quitarle servicios. Amenazar con reportarlo a usted o a su familia a inmigración también es una represalia prohibida. El dueño no debe preguntarle por su estatus migratorio.

Código Civil §§ 1942.5 y 1940.3.

5. Si la ciudad ya inspeccionó

Si un inspector le avisó por escrito al dueño y él no arregló en 35 días sin una buena razón, el dueño no puede cobrar ni exigir la renta ni subirla mientras siga el problema. Un juez puede ordenar el pago de los daños reales más una cantidad adicional de $100 a $5,000.

Código Civil § 1942.4.

6. Cuidado con dejar de pagar

La ley permite, en ciertos casos, reparar y descontar el costo de la renta (hasta un mes de renta, máximo dos veces al año), o usar los problemas de la vivienda como defensa en un desalojo. Pero un error le puede costar su casa. Hable con un abogado antes de dejar de pagar o de hacer reparaciones por su cuenta.

Código Civil § 1942; Código de Procedimiento Civil § 1174.2.

Esta información es general y no es asesoría legal. Las leyes cambian y algunas ciudades, como Los Ángeles, dan protecciones adicionales. Llámenos para revisar su situación.

Por Qué Actuar Rápido

Las Pruebas Se Pierden y los Plazos Corren

Muchos dueños hacen un arreglo rápido o pintan encima del moho cuando saben que el inquilino se quejó. Las picaduras sanan y las plagas se mueven. Por eso es importante documentar todo desde el principio.

Además, hay plazos legales para presentar un reclamo, y si usted recibe un aviso o una demanda de desalojo, el tiempo para responder es de solo días. Nuestro equipo le ayuda a reunir fotos, mensajes, reportes de inspección y recibos para proteger su caso.

Llame al 855-855-4155

Qué hacer hoy

5 Pasos Para Proteger Su Caso

  1. Tome fotos y videos de las chinches, picaduras, moho, goteras, daños y cosas que perdió. Que se vea la fecha.
  2. Avise por escrito al dueño o al manager (mensaje de texto, correo o carta) y guarde una copia.
  3. Guarde todo: contrato, recibos de renta, mensajes, recibos médicos y de muebles, ropa o comida que tuvo que tirar.
  4. Pida una inspección al departamento de vivienda o de salud de su ciudad o condado.
  5. Llámenos antes de actuar. No deje de pagar la renta ni se mude sin consultar. Le explicamos sus opciones sin costo.
Inquilino toma con su celular una foto de una fuga debajo del fregadero

Cómo trabajamos

Cómo Funciona Su Caso

  1. Nos llama o nos manda el formulario. Le hacemos unas preguntas sencillas, en español, sobre su vivienda y su problema.
  2. Revisamos su caso sin costo. Vemos sus fotos, mensajes y reportes, y le decimos qué más conviene juntar.
  3. Le explicamos sus opciones. En palabras claras: qué caminos hay, qué riesgos tiene cada uno y qué sigue. Usted decide.
  4. Si tomamos su caso, nosotros hacemos el trámite. Hablamos con el casero o con sus abogados y le avisamos de cada paso.

Antes de llamar

Qué Le Vamos a Preguntar

Sobre su vivienda

La ciudad donde vive, si es departamento o casa, cuánto tiempo lleva ahí y si tiene contrato o Sección 8.

Sobre el problema

Qué está mal, desde cuándo, cuándo y cómo le avisó al casero, y si alguien de la ciudad o del condado ya vino a inspeccionar.

Cómo le afectó

Si alguien se enfermó, qué cosas perdió, qué gastos tuvo y si recibió algún aviso de aumento de renta o de desalojo.

Lo que conviene tener a la mano

Fotos y videos, mensajes con el casero, recibos de renta y notas médicas. Si no tiene nada de esto todavía, llámenos de todos modos.

Atendemos casos de habitabilidad solo en California: Los Ángeles y el sur de California, el Inland Empire, el Valle Central, San Diego, Sacramento y el Área de la Bahía. Sus derechos como inquilino no dependen de su estatus migratorio.

Guías para inquilinos: Chinches en su apartamento: qué hacer y sus derechos · Cucarachas y ratas en su departamento: sus derechos

RESULTADOS DE LESIONES PERSONALES

Millones Recuperados Para Nuestros Clientes

Estos acuerdos reflejan nuestra dedicación a luchar por la máxima compensación para víctimas de lesiones personales.

LESIONES PERSONALES
$7,500,000

Accidente con Camión de Carga

Accidente con camión de carga junto con otra firma referidora

LESIONES PERSONALES
$2,000,000

Accidente Automovilístico

Accidente automovilístico de lesiones personales

LESIONES PERSONALES
$1,250,000

Muerte Injusta

Caso de muerte injusta resuelto para la familia de la víctima

VER MÁS RESULTADOS

*Cada caso es único. Resultados anteriores no garantizan resultados futuros.

Preguntas Frecuentes

Respuestas Claras Sobre Su Caso

Estas son las preguntas más comunes que recibimos. Si necesita ayuda inmediata, llámenos ahora.

¿Cuánto me cuesta?+

La consulta es gratis. Si aceptamos su caso, normalmente trabajamos con base en contingencia: cobramos solo si hay una recuperación. Si no hay recuperación, no paga honorarios, costos ni gastos. Todo queda por escrito antes de empezar.

¿Me pueden desalojar por quejarme?+

La ley de California prohíbe las represalias. Si usted está al corriente con la renta, el dueño no puede desalojarlo, subirle la renta ni quitarle servicios por quejarse de buena fe, durante 180 días después de la queja (Código Civil § 1942.5). Si ya recibió un aviso o una demanda de desalojo, llámenos de inmediato: los plazos para responder son de solo días.

¿Importa mi estatus migratorio?+

Sus derechos como inquilino no dependen de su estatus migratorio. En California, el dueño no puede preguntarle por su estatus migratorio (Código Civil § 1940.3), y amenazar con reportarlo a inmigración es una represalia prohibida (Código Civil § 1942.5).

¿Qué compensación puedo recibir?+

Depende de cada caso. Puede incluir, por ejemplo, una reducción del valor de la renta por el tiempo que la vivienda no estuvo en buenas condiciones, el costo de cosas dañadas, gastos médicos y, en algunos casos, otros daños o multas que permite la ley. Nadie puede garantizarle un resultado.

¿Tengo que seguir pagando la renta?+

En general, sí, hasta que hable con un abogado. Dejar de pagar sin seguir los pasos que pide la ley le puede dar al dueño un motivo para desalojarlo.

Ya me mudé. ¿Todavía tengo un caso?+

Puede ser. Hay plazos legales para presentar un reclamo, así que es mejor llamar lo antes posible.

¿Necesito fotos o pruebas para llamar?+

No. Llámenos aunque todavía no tenga pruebas. Le decimos qué juntar.

¿Atienden casos de habitabilidad en mi ciudad?+

Atendemos casos de habitabilidad solo en California, en lugares como Los Ángeles y el sur de California, el Inland Empire, el Valle Central, San Diego, Sacramento y el Área de la Bahía. Llámenos y le decimos si podemos ayudarle.

Tengo Sección 8. ¿Tengo los mismos derechos?+

Sí. Los inquilinos con Sección 8 también tienen derecho a una vivienda habitable. Además de avisarle al casero por escrito, puede reportar los problemas a la agencia de vivienda que maneja su vale.

Póngase en Contacto

Hable Con Un Abogado Hoy

Para cualquier consulta sobre su caso, complete el formulario y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible. Sin costo ni compromiso.

Llámenos

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Oficina Principal

3699 Wilshire Blvd, Suite 1000, Los Angeles, CA 90010

Disponibilidad

Atención en español e inglés. Consulta gratis. Si no ganamos, no cobramos.

Su información se envía de forma privada y nuestro equipo puede comunicarse con usted para dar seguimiento.