Mi casero no hace reparaciones: qué hacer en California

“Ya mero mando a alguien.” “Esta semana sí.” “Si no le gusta, búsquese otro lugar.” Muchas familias escuchan lo mismo durante meses mientras el depa se cae a pedazos. Si su casero no hace las reparaciones que la vivienda necesita, usted no tiene que aguantarse. En California, el casero tiene la obligación de mantener la vivienda en condiciones para vivir. Aquí le explicamos qué hacer, y también qué no hacer.
Reparaciones que el casero normalmente debe hacer
- Goteras en el techo, ventanas rotas y puertas que no cierran.
- Fugas de agua, drenajes tapados y excusados que no sirven.
- Falta de agua caliente, calefacción o gas.
- Cables pelados, contactos que no sirven o luces que fallan.
- Plagas como chinches, cucarachas, ratas o ratones.
- Pisos, escaleras y barandales rotos o peligrosos.
- En contratos firmados, cambiados o renovados desde 2026, una estufa y un refrigerador que funcionen, con algunas excepciones.
Qué hacer, paso a paso
- Haga una lista de todo lo que está mal, cuarto por cuarto, con fotos y videos con fecha.
- Mande la petición por escrito. Un mensaje de texto, correo o carta. Si solo le ha avisado de palabra, empiece hoy a dejarlo por escrito y guarde copias.
- Dé un tiempo razonable, pero anote cada vez que le dicen que sí y no cumplen.
- Deje entrar a los trabajadores cuando le avisen con anticipación. Si usted no da acceso, el casero lo puede usar en su contra.
- Pida una inspección al departamento de vivienda o de cumplimiento de códigos de su ciudad, o a salud ambiental de su condado. Un aviso oficial al casero tiene mucho peso.
- Siga pagando la renta y guarde los comprobantes hasta que un abogado le diga otra cosa.
Lo que NO conviene hacer sin consultar
- Dejar de pagar la renta. Es la forma más rápida de recibir un aviso de desalojo.
- Hacer reparaciones grandes y descontarlas. Tiene límites y requisitos.
- Irse sin avisar. Le pueden cobrar renta o quedarse con su depósito.
- Firmar papeles que le dé el casero o el manager sin entenderlos.

Sus derechos como inquilino en California
La garantía de habitabilidad
El Código Civil de California, secciones 1941 y 1941.1, obliga al casero a mantener la vivienda en condiciones para vivir y dice qué es lo mínimo: protección contra el agua, plomería y gas, agua caliente y fría, calefacción, electricidad, un edificio limpio y sin plagas, botes de basura y pisos y escaleras en buen estado.
Opciones que da la ley, con requisitos
Si el casero no repara en un tiempo razonable después de su aviso, la ley (Código Civil, sección 1942) permite en ciertos casos reparar y descontar el costo de la renta, con límites, o dejar la vivienda. Y si un inspector le ordenó por escrito al casero corregir un problema serio y no lo hizo en 35 días sin una buena razón, el casero no puede cobrar ni subir la renta mientras siga el problema (sección 1942.4). En la ciudad de Los Ángeles también existe un programa que, en ciertos casos, permite pagar la renta a una cuenta de la ciudad mientras se hacen las reparaciones.
Protección contra represalias y sin importar su estatus
Pedir reparaciones es su derecho. El casero no puede castigarlo por eso (sección 1942.5) ni amenazarlo con inmigración (secciones 1940.3 y 1940.35). Vea nuestra guía de represalias del casero.
¿Tengo un caso? Lo que revisamos
- Qué problemas hay, desde cuándo y cuántas veces avisó.
- Si hay reportes de inspección de la ciudad o del condado.
- Cómo afectó a su familia: salud, cosas perdidas, cuartos que no pudo usar, gastos.
- Si ya se mudó o si le llegó un aviso de desalojo. En ese caso, llámenos de inmediato.
Cómo funciona su caso con nosotros
- Nos llama o nos manda el formulario. Le hacemos unas preguntas sencillas: dónde vive, qué problema tiene, desde cuándo y si ya le avisó al dueño.
- Revisamos su situación sin costo. Vemos sus fotos, mensajes y reportes, y le decimos qué más conviene juntar.
- Le explicamos sus opciones. Le decimos en palabras claras qué caminos tiene y qué riesgos hay, para que usted decida.
- Si tomamos su caso, nosotros hacemos el trámite. Hablamos con el dueño o sus abogados y lo mantenemos informado en español.
¿Ya le avisó al casero y sigue sin arreglar nada?
Llámenos para una consulta gratis y confidencial, en español. También puede mandarnos su información con el formulario y lo llamamos.
Otras guías para inquilinos en California:
- Abogados de habitabilidad para inquilinos en California
- Chinches en su apartamento
- Cucarachas, ratas y otras plagas en su departamento
- Moho y humedad en su departamento
- Sin agua caliente o sin calefacción
- Goteras, fugas y problemas de plomería
- Pintura con plomo en su vivienda
- Represalias del casero por quejarse
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene el casero para hacer reparaciones?
La ley habla de un tiempo razonable, que depende del problema. Para reparar y descontar, la ley presume que 30 días es razonable, pero en problemas urgentes puede ser menos. Avise siempre por escrito.
¿Puedo hacer la reparación yo y descontarla de la renta?
En ciertos casos sí, pero con límites: no más de un mes de renta y no más de dos veces en 12 meses, y después de darle al casero un tiempo razonable. Hable con un abogado antes.
¿Me pueden subir la renta si pido reparaciones?
El casero no puede subirle la renta, quitarle servicios ni intentar desalojarlo como represalia por pedir reparaciones de buena fe.
¿Qué pasa si no tengo nada por escrito?
Todavía puede tener opciones. Empiece hoy a mandar sus avisos por escrito y llámenos para ver qué más se puede juntar, como fotos, testigos o reportes.
¿La consulta cuesta algo?
No. La consulta es gratis. Llámenos al 855-855-4155 o mándenos su información con el formulario.
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